La Seguridad Ciudadana
La seguridad ciudadana es
la acción integrada que desarrolla el Estado, con la
colaboración de
la ciudadanía y de otras organizaciones de bien público,
destinada a asegurar su convivencia pacífica, la erradicación de la violencia,
la utilización pacífica y ordenada de vías y de espacios públicos y, en
general, evitar la comisión de delitos y faltas contra las personas y sus
bienes.
En los países
hispanohablantes hay ocasiones en las que se prefiere usar términos como 'orden
público' o 'seguridad de los habitantes' en vez de
'seguridad ciudadana' o 'seguridad nacional', por
motivos históricos que dependen de cada país.
En líneas
generales, por 'seguridad ciudadana' deben entenderse el
conjunto de acciones democráticas en pro de la seguridad de los habitantes y
de sus bienes, y ajustadas al derecho de
cada país. De hecho, el reto actual es armonizar el ejercicio de los derechos
humanos de cada uno con las distintas políticas en materia de
seguridad ciudadana de los estados. Por ejemplo, la Organización de los Estados
Americanos plantea que en ocasiones se aplican políticas que se
han demostrado ineficaces, como por ejemplo el aumento de las penas, la
reducción de garantías procesales, o medidas para aplicar
el derecho penal a menores de
edad; que pueden derivar en movimientos paramilitares o parapoliciales cuando
el Estado no es capaz de reaccionar de una forma eficaz ante la violencia y el
delito, complicando la situación.
HISTORIA Y ORIGEN
El origen
moderno del concepto seguridad
ciudadana es consecuencia
directa de otro concepto del siglo XVIII al
inicio de la Edad Contemporánea:
el orden público. Este es
un concepto liberal que aparece en el artículo 9 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789,
documento fundamental de
la Revolución Francesa:
| La preocupación por el orden público aparece en la Declaración de los Derechos del Hombre de 1789. |
Nadie
puede ser inquietado por sus opiniones, incluso las religiosas, siempre y
cuando su manifestación no altere el orden
público establecido por la
ley.
Además el artículo cuatro del mismo documento relaciona
la libertad individual con este concepto:
La
libertad consiste en poder hacer todo lo que no sea perjudicial al otro. Así,
el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre no tienen otro límite que
aquellos que aseguren a los otros miembros de la sociedad el disfrute de estos
mismos derechos; estos límites sólo pueden estar determinados por la ley.
En este sentido, si extendemos el concepto de orden
público como limitación a la libertad ideológica del artículo noveno, a la
definición de libertad individual del artículo cuarto, aparece el concepto de
orden público: El orden
público se establece como garantía y límite de la libertad y, como ésta,
consiste en que nadie puede hacer nada que sea perjudicial a los demás.4
Con el tiempo este concepto de orden público evolucionó
hacia el de seguridad ciudadana, mucho más amplio, y que incorpora los valores
del Estado social y democrático de Derecho; hasta el punto que el concepto va más
allá de forzar a los ciudadanos a laobediencia de la norma, sino garantizar la calidad de vida de
los mismos.
Esta
pregunta es bien interesante, porque al colocar en el mismo plano los conceptos
de democracia y seguridad, percibimos con mayor claridad el riesgo que se corre
cuando frente a las demandas de seguridad, la democracia aparece
asociada a
sentimientos de peligro, miedo y urgencia. Se trata, entonces, de dejar de lado
el paradigma del orden, para ubicarnos en el de la seguridad urbana,
entendiendo seguridad de las personas y no seguridad del Estado.
| La seguridad ciudadana garantiza que se puedan ejercer los derechos individuales sin impedir a los demás disfrutar de los suyos. |
En el contexto de España e Hispanoamérica el
uso de distintos términos por los diferentes regímenes
dictatoriales de la
segunda mitad del siglo XX como eufemismos de 'represión' hacen
que no siempre se asocie términos como los expuestos a valores asociados a la
libertad. Así en el cono sur se prefiere el término seguridad de los habitantes o orden
público ya que el término
'seguridad ciudadana' fue usado por las fuerzas armadas en los años 60 como
aplicación de doctrinas represivas como la Doctrina de seguridad nacional (DSN) impartida en la Escuela de las Américas.
En contraposición, en España la expresión 'seguridad ciudadana' se
prefiere sobre 'orden público', usada como medio represivo en la dictadura de Francisco Franco.4
CONCEPTO Y NOCION
Existen múltiples conceptos y nociones del
término seguridad ciudadana y su contenido concreto
puede variar considerablemente dependiendo del actor o autor que lo utilice.
Por ejemplo, no hay un consenso si la seguridad ciudadana se refiere también a
riesgos o amenazas no intencionadas (accidentes de
tránsito, desastres naturales) o de tipo económico y
social (fraudes, delitos
ecológicos,corrupción
política...). Un punto en que sí concuerdan la gran mayoría de
autores es que el término referencia a dos niveles de la realidad:6
·
Primero,
se refiere a una condición de toda una comunidad de personas: a la ausencia de
amenazas que pongan en peligro la seguridad colectiva. En ese sentido, el
término tiene un significado normativo y evalúa una situación ideal.
·
Segundo,
se refiere a acciones concretas encaminadas a la eliminación de las amenazas de
seguridad o hacia la protección de la población ante esas amenazas. En ese
sentido, el término se refiere a prácticas existentes que buscan la idealidad
de la norma.
Revisando la literatura
sobre el tema se aprecian de manera general dos grandes esferas de
conocimiento: la que se ocupa de los orígenes y consecuencias del
fenómeno delincuencial, entendida como amenaza a
los individuos, sus bienes y su estabilidad; y la relacionada con las fuerzas y
estructuras que son las responsables de enfrentar dichas amenazas, como los
sistemas policiacos, las fuerzas armadas y, más
recientemente, modalidades diversas de seguridad ciudadana: comunitaria y
privada.7
Por ejemplo, la Organización de los Estados Americanos define la seguridad
ciudadana como la inexistencia de violencia y delito, salvaguardada por el
Estado:
La seguridad ciudadana es
concebida por la Comisión como aquella situación donde las personas pueden
vivir libres de las amenazas generadas por la violencia y el delito, a la vez
que el Estado tiene las capacidades necesarias para garantizar y proteger los
derechos humanos directamente comprometidos frente a las mismas. En la
práctica, la seguridad ciudadana, desde un enfoque de los derechos humanos, es
una condición donde las personas viven libres de la violencia practicada por
actores estatales o no estatales.3
Sin embargo, y en concordancia con el
análisis histórico del término, hace énfasis en el carácter preventivo y de
colaboración con la ciudadanía de las actuaciones del Estado y no una actividad
reactiva ante la comisión del delito.
La
seguridad ha sido desde siempre una de las funciones principales de los
Estados. Indudablemente, con la evolución de los Estados autoritarios hacia los
Estados democráticos ha ido evolucionando también el concepto de seguridad. El
concepto de seguridad que se manejaba antes se preocupaba únicamente por
garantizar el orden como una expresión de la fuerza y supremacía del poder del
Estado. Hoy en día, los Estados democráticos promueven modelos policiales
acordes con la participación de los habitantes, bajo el entendimiento de que la
protección de los ciudadanos por parte de los agentes del orden debe darse en
un marco de respeto de la institución, las leyes y los derechos fundamentales.
Así, desde la perspectiva de los derechos humanos, cuando en la actualidad
hablamos de seguridad no podemos limitarnos a la lucha contra la delincuencia,
sino que estamos hablando de cómo crear un ambiente propicio y adecuado para la
convivencia pacífica de las personas. Por ello, el concepto de seguridad debe
poner mayor énfasis en el desarrollo de las labores de prevención y control de
los factores que generan violencia e inseguridad, que en tareas meramente
represivas o reactivas ante hechos consumados.8
Sin embargo, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo aporta una definición inicial
calificando la seguridad ciudadana de aquella seguridad humana que previene contra el
delito súbito contra las personas y su patrimonio:
la
seguridad ciudadana es una modalidad específica de la seguridad humana, que
puede ser definida inicialmente como la protección universal contra el delito
violento o predatorio. Seguridad ciudadana es la protección de ciertas opciones
u oportunidades de todas las personas —su vida, su integridad, su patrimonio—
contra un tipo específico de riesgo (el delito) que altera en forma
"súbita y dolorosa" la vida cotidiana de las víctimas.9
Al
atentar contra la vida, la integridad o el patrimonio de sus víctimas, los
delitos enumerados arriba impiden el ejercicio de una libertad concreta,
sacrifican una opción legítima o destruyen una oportunidad de realización
humana: la inseguridad ciudadana es una negación flagrante del desarrollo
humano. Pero además de este impacto inmediato, los delitos en cuestión afectan
negativamente otras variables o procesos económicos, sociales y políticos que a
su vez facilitan el desarrollo humano.9
Dicho
de otra manera, una política de seguridad ciudadana inspirada en el desarrollo
humano tiene que entender que la seguridad no es el único valor ni es un valor
que pueda ser asegurado con prescindencia de la equidad y de la libertad.9
Concluciones:
Existen
diferentes percepciones sobre qué es seguridad ciudadana, siendo muy difícil
olvidar que seguridad y libertad deben de ir unidos, sin renunciar a ninguno de
ellos para vivir.
- La solidaridad es uno de los valores éticos que permite que la sociedad pueda tener un comportamiento mas humano, siendo fundamental para hablar de seguridad ciudadana.
- Unos de los problemas fundamentales es la escasa prevención a los actos delictivos, por lo que procede trabajar con la educación, eliminación de marginación en la sociedad, creación de valores éticos...
Por estos
motivos y otros varios que podrían añadirse, proponemos las siguientes
actuaciones:
1.
Exigimos que haya una mayor coordinación entre los diferentes cuerpos de
Seguridad del Estado. Esto no debe quedarse únicamente en una coordinación
policial sino también y sobre todo entre Administraciones.
2. Pedimos
una implicación de todo el movimiento vecinal en la elaboración de los trabajos
de las Juntas Locales de Seguridad, adaptándolas a cada uno de los municipios,
para conseguir una mayor eficacia.
3. Se
deben crear oficinas descentralizadas de las Comisarías, con el fin de acercar
la atención al ciudadano que tenga necesidades administrativas.
4. Se debe
evitar mencionar las nacionalidades o etnias de los delincuentes para no caer
en el error de etiquetar como potenciales delincuentes a todos los demás
integrantes de esa misma etnia o colectivo foráneo, y que constituyen los nuevos
vecinos de nuestros pueblos y ciudades.
5. Se debe
crear un Pacto de Estado por la Seguridad, evitando utilizar la inseguridad
ciudadana como un arma arrojadiza o electoral.
6. Pedimos
la eliminación de ghettos en las ciudades, por lo que se elevará a las
diferentes administraciones, que sus políticas y actuaciones no permitan
realojos masivos en las viviendas ni en los barrios.
7. Pedimos
que por parte de las Administraciones se pongan en marcha medidas preventivas
para paliar las situaciones de desempleo, absentismo escolar, de exclusión
social, y otros que aseguren unas relaciones ciudadanas que no provoquen la
delincuencia, y por tanto, la inseguridad ciudadana.


No hay comentarios.:
Publicar un comentario